miércoles, 16 de marzo de 2016

Amartya Sen – Igualdad, ¿De qué? (Fragmento)

¿Por qué la igualdad? ¿Qué igualdad?
El análisis ético de la igualdad plantea dos cuestiones básicas: 1) ¿Por qué la igualdad? 2) Igualdad, ¿de qué? Son dos cuestiones distintas pero completamente interdependientes. No podemos comenzar a defender o criticar la igualdad sin saber realmente de qué estamos hablando, es decir, ¿qué tipo de igualdad? (por ejemplo, de ingresos, patrimonio, oportunidades, realizaciones, libertades, derechos). Nos es imposible responder a la primera pregunta sin habernos planteado antes la segunda. Esto resulta completamente evidente.
Pero, si contestamos a la segunda pregunta, ¿sigue siendo necesario que nos planteemos la primera? Si hemos argumentado acertadamente a favor de la igualdad de x (sea x: un resultado, un derecho, una libertad, un aspecto o cualquier otra cosa), ya hemos defendido la igualdad bajo esa forma, con x como criterio de comparación. Asimismo, si hemos rebatido la pretensión de igualdad de x, ya hemos argumentado contra la igualdad bajo esa forma, con x como criterio de comparación. Desde este punto de vista, no podemos plantear, ni analizar en profundidad, la pregunta de ¿por qué o por qué no igualdad? Analizándolo de esta manera, la primera pregunta pierde importancia con respecto a la segunda.

De este modo, la cuestión empieza a cobrar sentido. Pero surge aquí también un tema sustantivo más interesante, que está relacionado con el hecho de que toda teoría normativa del orden social que haya resistido, con más o menos fortuna, el paso del tiempo, parece haber exigido la igualdad de algo, algo que, con respecto a esta teoría, se considera especialmente importante. Las teorías a las que nos referimos son diversas y frecuentemente enfrentadas las unas con las otras, pero parece que todas comparten esa característica común. En las discusiones contemporáneas sobre filosofía política, es evidente que la igualdad desempeña un papel importante en las propuestas de John Rawls (igualdad de libertades e igualdad de distribución de “bienes elementales”), Ronald Dworkin (“tratamiento como iguales”, “igualdad de recursos”), Thomas Nagel (“igualdad económica”), Thomas Scanlon (“igualdad”), y otros autores que se suelen relacionar con un punto de vista de “pro igualdad”. Pero parece que también la igualdad ha sido exigida en algunos ámbitos, incluso por aquellos que siempre han cuestionado las “tesis favorables a la igualdad” o a la “justicia distributiva”. Por ejemplo, es cierto que Robert Nozick no exige la igualdad de utilidad o la igualdad en el disfrute de bienes elementales, pero sí exige la igualdad de derechos libertarios (el que nadie tiene más derecho que otro a la libertad). James Buchanan incluye la igualdad de trato legal y político, de hecho mucho más, en su planteamiento sobre una sociedad justa En todas las teorías se busca la igualdad en algún ámbito, un ámbito que se concibe como que desempeña un papel central en cada teoría.
Pero ¿se aplica esto al utilitarismo? Quién podría negar que los utilitaristas no desean, en general, la igualdad de las utilidades totales disfrutadas por personas distintas. La fórmula utilitarista exige la maximización del total de utilidades de todos los individuos en conjunto, y esto no es, obviamente, muy igualitario. De hecho, la igualdad que persigue el utilitarismo consiste en tratar por igual a los seres humanos en el ámbito de ganancias y pérdidas de utilidades. Insisten en la igual ponderación en la función objetivo-utilitarista de las ganancias de utilidad de cualquier individuo.
Es posible que este diagnóstico de igualitarismo “Oculto” en la filosofía utilitarista se rechace argumentando que lo que realmente implica el utilitarismo es un planteamiento de maximización de una suma total, con lo que cualquier característica igualitaria del utilitarismo sólo podría ser accidental. Pero este razonamiento es engañoso. El planteamiento utilitarista es, sin duda, un planteamiento maximizador, pero lo más importante es saber la naturaleza de la función objetivo que maximiza. Esta función objetivo podría haber sido bastante desigualitaria, por ejemplo, dando más importancia a las utilidades de unos individuos que a las de otros. Por el contrario, el utilitarismo concede exactamente la misma importancia a las utilidades de todos los individuos con respecto a la función objetivo, y esta característica, unida a la fórmula de maximización, garantiza que las ganancias de utilidad de cada individuo tengan igual ponderación en el ejercicio de maximización. Visto así, el fundamento igualitario es primordial en el cálculo utilitarista. De hecho, es precisamente esta característica igualitaria la que destaca en el principio fundacional del utilitarismo de “otorgar igual peso a los intereses iguales de todas las partes”, o de “conceder siempre igual ponderación a los intereses de todos los individuos”.
¿Qué conclusión sacamos de este hecho? Una conclusión obvia es que ser igualitario (es decir, igualitario en este o aquel ámbito al que se da especial importancia) no es realmente una característica “determinante”. De hecho, debido a que existen estas diferencias básicas entre los distintos ámbitos en los que la igualdad es recomendada por diversos autores, la similitud básica entre ellos (al defender la igualdad en algún ámbito considerado importante) puede no saltar a la vista. Esto ocurre, sobre todo, cuando el término “igualdad” se define, implícitamente, como igualdad en un ámbito determinado.
Por ejemplo, en el interesante ensayo de William Letwin (1983), “The Case against Equality” (“Argumentos contra la Igualdad”), donde éste presenta un importante número de obras de diferentes autores sobre el tema, (el libro se llama Against Equality, [Contra la Igualdad]), el autor critica la distribución igual de ingresos (o bienes) de esta manera: “Puesto que las personas no son iguales, es lógico suponer que no deberían ser tratadas por igual, lo que puede suponer porciones más grandes para los necesitados, o más grandes para los que más se lo merecen” (“A Theoretical Weakness of Egalitarianism”, “Desventaja Teórica del Igualitarismo”). Pero incluso la exigencia de que se satisfagan las “necesidades” por igual, es una condición de igualdad (en un ámbito determinado) y, de hecho, ha sido defendida como tal durante mucho tiempo. Aunque es difícil determinar el concepto de “mérito” individual, las formulaciones usuales de la exigencia de “porciones más grandes para los que más se lo merecen” suelen implicar la idea de “a igual mérito, igual trato”, otorgando a todos la misma recompensa por lo que se merecen. Así, estas críticas contra el igualitarismo suelen convertirse en igualitarias en algún otro ámbito. De nuevo, el problema se reduce a buscar, implícitamente, una respuesta diferente a la cuestión “Igualdad, ¿de qué?”.
Algunas veces, la cuestión “Igualdad, ¿de qué?” parece que pretende plantear indirectamente la pregunta “¿Por qué la igualdad?”, al definir la igualdad en un ámbito específico. Por ejemplo, Harry Frankfurt (1987), se ocupa principalmente de cuestionar las pretensiones del igualitarismo económico como “una doctrina idónea para que todos posean la misma cantidad de ingresos y riqueza (en una palabra, “dinero”)”, en su coherente trabajo contra “la igualdad como ideal moral”. Aunque el lenguaje que utiliza en la exposición pone al #igualitarismo” en tela de juicio, esto se debe principalmente a que Frankfurt utiliza este término general para referirse concretamente a una versión particular del “igualitarismo económico”: “Esta versión del igualitarismo económico (en una palabra, simplemente “Igualitarismo”) podría ser formulada también como la doctrina que defiende que no debe haber desigualdad con respecto a la distribución del dinero”.
Por lo tanto, la elección del ámbito de igualdad es relevante en la tesis principal de Frankfurt. Se puede considerar que sus argumentos cuestionan la exigencia específica de una interpretación muy difundida del igualitarismo económico, al plantear, en primer lugar, que tal igualdad no tiene un gran interés en sí misma y, en segundo lugar, que conduce a la violación de valores intrínsecamente importantes (valores que están estrechamente relacionados con la necesidad de prestar atención igual a todos los individuos de otra manera más fundamental).
No hay duda de que pretender la igualdad con respecto a algo -algo considerado importante- implica una similitud de algún tipo, pero esta similitud no coloca a los contrincantes del mismo lado. Sólo demuestra que la discusión no se basa principalmente en la cuestión: “¿por qué la igualdad?”, sino en el planteamiento: “igualdad ¿de qué?”.
En la medida en que algunos ámbitos están tradicionalmente relacionados en filosofía política, social o económica con pretensiones de igualdad, la igualdad, en uno de estos ámbitos (por ejemplo, ingresos, patrimonio, utilidades), suele clasificarse como “igualitarismo”. No estoy en contra de que se continúe usando el término “igualitarismo” en uno de estos sentidos; no es pernicioso utilizarlo si se entiende como una afirmación de igualdad en un ámbito específico (y en consecuencia, en contra de la igualdad en otros ámbitos). Pero es importante reconocer que este uso tiene un alcance limitado, y también que la exigencia de igualdad dentro de un ámbito determinado -por tradicional que sea- puede convertirnos en antiigualitarios en algún otro ámbito, cuya importancia comparativa tiene que ser juzgada críticamente en la evaluación general.
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Diversidad humana e igualdad fundamental
Los seres humanos difieren entre sí de muchas maneras. Tenemos características y circunstancias externas diversas. Comenzamos a vivir con diferentes dotes de riqueza y compromisos heredados. Habitamos en diferentes ambientes naturales, algunos más hostiles que otros. Las sociedades y comunidades de las que formamos parte nos ofrecen diversas oportunidades de lo que podemos o no podemos hacer. Los factores epidemiológicos de las regiones donde vivimos pueden afectar profundamente a nuestra salud y bienestar.
Pero junto a estas diferencias del ambiente natural y social y de las características externas, también nos diferenciamos por nuestras características personales (por ejemplo, edad, sexo, capacidad física y mental). Y estas últimas son importantes para evaluar la desigualdad. Por ejemplo, un ingreso igual puede dejar subsistir mucha desigualdad respecto a nuestra capacidad para llevar a cabo lo que valoramos. Una persona disminuida no puede funcionar de la misma manera que una persona sana, aunque ambas dispongan exactamente del mismo ingreso. Por esta razón, la desigualdad con respecto a una variable (por ejemplo, ingresos), puede llevarnos en una dirección muy diferente de la desigualdad en el ámbito de otra variable (por ejemplo, capacidad de funcionamiento o bienestar).
Si comparamos las ventajas o desventajas respectivas de los individuos, podemos clasificarlas con respecto a muchas variables diferentes, como por ejemplo, su respectivo ingreso, patrimonio, utilidades, recursos, libertades, derechos, calidad de vida, etc. La pluralidad de variables sobre las que podemos centrarnos (las variables focales) para evaluar la desigualdad interpersonal, requiere que afrontemos, a un nivel muy elemental, una difícil decisión con respecto a la perspectiva que debemos adoptar. Este problema de elección de un “ámbito evaluativo” (es decir, la selección de variables focales relevantes) resulta crucial para poder analizar la desigualdad.
Las diferencias de enfoque son especialmente importantes debido a lo extenso de la diversidad humana. Si todo el mundo fuera exactamente igual, la igualdad en un ámbito (por ejemplo, el ingreso) sería congruente con la igualdad en otros ámbitos (por ejemplo, salud, bienestar, felicidad). Una de las consecuencias de la “diversidad humana” es que la igualdad en un ámbito determinado suele ir unida, de hecho, con la desigualdad en otro ámbito diferente.
Por ejemplo, no podemos exigir la igualdad de niveles de “bienestar” y otros “patrones” (utilizando la útil descripción de Nozick), una vez que hemos exigido la igualdad de derechos libertarios descritos por Nozick. De esta manera, si los derechos iguales son aceptados, también deben serlo todas sus consecuencias, y esto incluiría todas las desigualdades generadas por ingresos, utilidades, bienestar y libertades positivas para hacer una cosa u otra.
No estoy juzgando aquí si esta defensa es convincente. El tema que nos ocupa es la naturaleza de la estrategia para justificar la desigualdad a través de la igualdad. El planteamiento de Nozick es un ejemplo lúcido y elegante de esta estrategia general. Para defender racionalmente (y no eliminando a nuestros contrarios) la tesis de que la exigencia de desigualdad es correcta en algún ámbito importante (o bueno, o aceptable, o tolerable), tendremos que decir que esta desigualdad es una consecuencia de la igualdad en algún otro ámbito más importante. Dado que existe un acuerdo general sobre la necesidad de considerar la igualdad como “base”, y también de relacionar este acuerdo general con la profunda necesidad de imparcialidad entre los individuos (discutida anteriormente), los argumentos cruciales deben tratar de cómo sean de razonables las “bases” elegidas. De esta manera, la cuestión “Igualdad, ¿de qué?” no es, en este contexto, básicamente diferente de la pregunta: “¿Cuál es el ámbito idóneo para la igualdad fundamental?” Nuestra respuesta a la cuestión: “Igualdad, ¿de qué?”, confirmará no sólo la igualdad en ese ámbito concreto (estando la variable focal relacionada con las exigencias de igualdad fundamental), sino que también tendrá consecuencias importantes sobre los esquemas distributivos (incluyendo las desigualdades necesarias) en otros ámbitos. Verdadera-mente, la cuestión “Igualdad, ¿de qué?” es trascendental y primordial.

¿Igualdad, versus libertad?
La importancia de la igualdad se compara frecuentemente con la de la libertad. De hecho, la postura de cada uno en el presunto conflicto entre igualdad y libertad ha sido a menudo considerada como un buen indicador de su perspectiva general en filosofía política y economía política. Por ejemplo, los pensadores libertarios (como Nozick) no sólo son considerados antiigualitarios, también son clasificados como antiigualitarios precisamente por su enorme interés por la libertad. Igualmente, puede parecer que aquellos pensadores clasificados como igualitarios (por ejemplo, Dalton, Tawney, o Meade) estén menos interesados en la libertad, porque se considera que están aferrados a las exigencias de igualdad.
En relación a la argumentación de los apartados anteriores debemos insistir en que esta forma de considerar la relación entre igualdad y libertad es por completo defectuosa. Los libertarios creen que es importante que la gente disfrute de libertad. Con respecto a esto, surgen inmediatamente preguntas como: ¿quién, cuánto, cómo está distribuida, qué tipo de igualdad? De este modo, la cuestión de la igualdad se plantea como un apéndice de la afirmación de la importancia de la libertad. La propuesta libertaria debe ser llevada a cabo determinando la distribución de derechos entre las personas implicadas. De hecho, las exigencias libertarias de libertad incluyen características importantes de “libertad igual”, por ejemplo, la insistencia de inmunidad igual frente a la interferencia de otros. La creencia de que la libertad es importante no puede estar en conflicto con la idea de que debe crearse un orden social para fomentar la igualdad de libertades que poseen los individuos.
Es evidente que puede existir un conflicto entre una persona que defienda la igualdad de alguna variable, que no sea la libertad (como ingresos o patrimonio o bienestar), y alguien que únicamente desee libertad igual. Pero ésta es una discusión sobre la cuestión “Igualdad, ¿de qué?”. Igualmente, una defensa general de la libertad sin relación con la distribución (es decir, promocionándola en lo posible sin prestar atención al esquema distributivo) podría entrar en conflicto con la igualdad de alguna otra variable, como el ingreso, pero esto sería, en parte, un conflicto entre la concentración respectiva de libertad y los ingresos y, en parte, otro conflicto entre el interés por los esquemas distributivos (de ingresos en este caso) y las consideraciones agregadas no-distributivas (con respecto a la libertad). No nos sirve de ayuda pensar en las diferencias de cada caso como “libertad, versus igualdad”.
En realidad, para ser exactos, el hecho de plantear el problema con respecto a esta última comparación es un “error categórico”. No son alternativas. La libertad se encuentra entre los posibles campos de aplicación de la igualdad y la igualdad se halla entre los posibles esquemas distributivos de la libertad.
Como planteamos anteriormente, la necesidad de afrontar explícitamente la elección de un ámbito es una parte ineludible de la especificación y evaluación razonada de las exigencias de igualdad. Por una parte, sólo existen exigencias de derechos libertarios de igualdad, y por otra, varias exigencias rigurosas de igualdad con respecto a una lista extensiva de realizaciones y también una lista correspondiente de libertades que se han de alcanzar. […]

Extraído de “Nuevo examen de la desigualdad” de Amartya Sen

El Determinismo Social

Las ciencias sociales nacieron marcadas por ciertos determinismos que definían las diferentes escuelas y enfoques. Los principales eran el...